- Autor del texto – Antonio Cuadra
- Autor de fotos – Moto125.cc
- Fecha – 31/07/2016
Ya estamos en vacaciones de verano. Muchos de los que nos leéis saldréis de España con destino a algún país europeo, y seguro que, con el buen tiempo, os apetecerá conocer todos sus rincones a bordo de un scooter o una moto de 125 cc, que es lo que sueles hacer a diario aprovechando la convalidación. Pero, ¿se aplicará la convalidación de tu carnet de coche fuera de España? En este informe te lo contamos todo.
Seguro que después de haber descubierto la convalidación B/A1 para moverte todos los días sobre un scooter de 125 cc, te apetece hacer turismo por Europa con tu cilindrada favorita. Imagínate llegar al país europeo que hayas elegido para pasar tus vacaciones, alquilar una 125 cc y conducirla legalmente para descubrir todos los rincones del país o ciudad a tu aire, con toda libertad y disfrutando del buen tiempo veraniego. Obviamente el requisito obvio es que tanto tú como tu acompañante llevéis el casco que, por ley en toda Europa, es la única prenda obligatoria, aunque también se te exigirá llevar calzado apropiado (chanclas no) y no está de más que lo complementes con pantalón y camisa de mangas largas y unos guantes. El casco suele proveerlo la misma casa de alquiler por un plus diario, pero por cuestiones de higiene, más de uno optará por llevarlo desde España en la maleta.
También habrá “trotamundos” que prefieran recorrer Europa con su propia 125 y carnet de coche B desde España. Aquí se van a encontrar con un problema fundamental y es que, para recorrer Europa desde España (excepto Portugal) hay que atravesar Francia y ya te adelantamos que, en este país, hay convalidación (con antigüedad mínima de 2 años de carnet B en lugar de 3 como España) pero con el requisito de superar un curso de 7 horas impartido por una Autoescuela. Como no es plan superar ese curso en la primera localidad francesa pasada la frontera, lo mejor es embarcarse en un ferry con la moto y saltarse este país con destino a Italia, por ejemplo.
Ventaja también para los extranjeros que visiten España. El Artículo 2 de la Directiva 2006/126/CE contempla el reconocimiento recíproco de los permisos de conducción, o lo que es lo mismo, cualquier carnet de un Estado miembro se le reconocerá con la misma validez que uno emitido por nuestra DGT. Así, por ejemplo, los griegos o chipriotas que vengan a conocer nuestro país con el carnet de coche y que en sus países no vale para conducir una 125 cc (ni siquiera un ciclomotor o un vehículo de tres ruedas) se van a encontrar en el paraíso porque aquí podrán alquilar legalmente cualquier 125 ó 50 cc con su carnet de coche siempre que tenga tres años mínimos de antigüedad, o un scooter de tres ruedas de 500 cc incluso con el carnet B recién obtenido.
Convalidación 125 cc fuera de España
Aunque las Directivas se convierten en leyes por encima de las Normativas de cada país, se les da cierta flexibilidad a cada Estado miembro a la hora de trasponer (incorporar al ordenamiento jurídico nacional) cada Directiva, con lo cual existen en la práctica ciertas diferencias entre países europeos en materia de permisos de conducción.
Así, encontramos tres grupos de países. Países como Holanda, Noruega, Suecia, Grecia o Chipre no contemplan la conducción de un vehículo de 125 cc con el carnet de coche.
Otro grupo como Italia, Portugal, Luxemburgo, Bulgaria y República Checa, por ejemplo, permiten la equivalencia sin ningún tipo de condiciones, esto es, puedes llevar una 125 cc desde el primer día que te sacas el carnet de coche. En este punto, aclararte que, en Italia, las normativas locales impiden circular con un vehículo de 125 cc por autopista.
Y, por último, están los países que contemplan la convalidación pero con ciertos condicionantes como, por ejemplo, un cierto tiempo de experiencia con el carnet de coche (España y Polonia) e incluso además realizar un curso complementario (Francia, Reino Unido y Bélgica). En Alemania, las leyes benefician a los “cincuentones” ya que podrán conducir una 125 si su permiso de circulación se ha emitido antes de 1980.
Para salir de dudas, consulta la tabla del final del presente artículo.
Alternativa del ciclomotor
Es una posibilidad que habría que barajar en el caso de que el país que hubiésemos escogido no admitiese la convalidación B/A1. Aquí, en España, puedes conducir desde el primer día en estrenar el carnet de coche un ciclomotor de 50 cc pero, sinceramente, si puedes optar por un 125 cc pues será mucho mejor ya que los ciclomotores están limitados a 45 km/h, no pueden circular por autopistas y autovías, y su seguro obligatorio suele ser más caro que el de una moto de 125 cc.
Pero fuera de nuestras fronteras será el último recurso que queda para conducir un vehículo motorizado de dos ruedas, incluso con posibilidad de llevar un pasajero. En este caso, no hay medias tintas: o se permite o se prohíbe. Ejemplos de países en los que se permite y en los que no podíamos acceder a un 125 cc por restricciones de cursos lo tenemos en Francia, Alemania, Austria y Reino Unido; incluso también en Malta y Holanda, donde no se contempla la convalidación B/A1.
Sólo existen tres países en los que no se contempla la convalidación ciclomotor/coche: Dinamarca, Grecia y Chipre.
De nuevo te dirigimos a la tabla final para que consultes tu caso en particular.
Alternativa del ciclomotor
Otra opción sería alquilar un scooter de tres ruedas. En España están contemplados directamente con el carnet de coche y los puedes conducir automáticamente desde el primer día que lo has obtenido. También ocurre lo mismo en Alemania, Austria, República Checa, Eslovenia, Noruega, Rumanía y Suecia. En otros países como Portugal, Finlandia e Italia puedes llevarlos si tienes más de 21 años (en Bélgica también pero solo si eres Belga, algo que se contradice con el artículo sobre el reconocimiento recíproco).
En el resto de los países de la Unión Europa se exige un curso de formación o simplemente no se contempla la convalidación 3 ruedas/coche.
La siguiente tabla recoge los casos de convalidación contemplados en los diferentes países de la UE.
Comparativa de convalidación coche con 125 cc, 50 cc o 3 Ruedas
Estado miembro | B/A1: ¿Puedo conducir un 125cc con el carnet de coche? | B/AM: ¿Puedo conducir un ciclomotor de 50 cc con el carnet de coche? | B/Triciclos: ¿Puedo conducir un 3 ruedas con el carnet de coche? |
Alemania | No (Sí, antes de 1980) | Sí | Sí |
Austria | Sí (5 años B + curso 6h) | Sí | Sí |
Bélgica | Sí (2 años B + curso 4h) | Sí | Sí (21 años + curso 4h)* |
Bulgaria | Sí | Sí | No |
República Checa | Sí | Sí | Sí |
Chipre | No | No | No |
Dinamarca | No | No | No |
Eslovaquia | No | Sí | No |
Eslovenia | No | Sí | Sí |
España | Sí (3 años B) | Sí | Sí |
Estonia | ? | Sí | No |
Finlandia | No | Sí | Si (21 años) |
Francia | Sí (2 años B + curso 7h) | Sí | Si (21 años + B 2 años + curso 7h) |
Grecia | No | No | No |
Holanda | No | Sí | No |
Hungría | Sí (curso + examen) | Sí | No |
Irlanda | ? | ? | ? |
Italia | Sí | Sí | Si (21 años) |
Letonia | Sí | Sí | No |
Lituania | Sí | Sí | No |
Luxemburgo | Sí | Sí | No |
Malta | No | Sí | No |
Noruega | No | Sí | Si |
Polonia | Sí (3 años B) | Sí | No |
Portugal | Sí | Sí | Si (21 años) |
Reino Unido | Sí (2 años B + curso) | Sí | No |
Rumanía | No | Sí | Sí |
Suecia | No | Sí | Sí |
Agradecimiento
Quisiéramos agradecer a Manuel Ordóñez de la Asociación de Fabricantes Europeos de Motocicletas (ACEM) su valiosa colaboración para la realización de este reportaje.